Las Leyes sobre la propiedad
CAPÍTULO 22
1 "Si alguien roba un buey o una oveja y la sacrifica o la vende, pagará cinco bueyes por un buey y cuatro ovejas por una oveja.
2
Si un ladrón es sorprendido en el acto de irrumpir y es golpeado de
muerte, no es asesinato;
3
a no ser que suceda después de la salida del sol, en cuyo caso es
asesinato. Un ladrón tiene que restituir; así que, si él no tiene
nada, él mismo tiene que ser vendido para restituir la pérdida del
robo.
4
Si lo que robó es encontrado vivo en su posesión, él pagará el
doble, no importa si es un buey, un asno o una oveja.
5
Si una persona deja pastar en un campo o una viña o deja su animal
suelto para pastar en el campo de otro, tiene que hacer restitución
de su campo de acuerdo a su cosecha de su propio campo y viña; y si
ha consumido el campo completo, pagará como restitución lo mejor de
su campo y lo mejor de su viña.
6 Si un fuego es prendido y al quemar espinos se quema grano almacenado, grano en pie o un campo es destruido, la persona que lo prendió tiene que hacer restitución.
6 Si un fuego es prendido y al quemar espinos se quema grano almacenado, grano en pie o un campo es destruido, la persona que lo prendió tiene que hacer restitución.
7
"Si una persona confía en mano de su vecino dinero o bienes, y
son robados de la casa del depositario, entonces, si el ladrón es
encontrado, él tiene que pagar el doble.
8
Pero si el ladrón no es encontrado, entonces el depositario tiene
que declarar delante de Elohim que él mismo no fue el que tomó los
bienes de la persona.
9
En todo caso de disputa sobre posesión, ya sea de un buey, un asno,
una oveja, ropa o cualquier propiedad perdida, donde una persona
dice: 'Esto es mío,' ambas partes tienen que venir delante de
Elohim; y al que Elohim condene tiene que pagar al otro el doble.
10
"Si una persona confía a un vecino cuidar un asno, buey, oveja
o cualquier animal, y dicho animal muere, es herido o se escapa sin
ser visto,
11
entonces el juramento del vecino delante de YAHWEH
que él no ha cogido los bienes
zanjará el asunto entre ellos – el dueño lo aceptará sin que el
vecino haga restitución.
12
Pero si fue robado del vecino, él tiene que restituir al dueño.
13
Si fue rasgado en pedazos por un animal, el vecino lo traerá como
evidencia, entonces él no tiene que pagar la pérdida.
14
Si alguien toma algo prestado de su vecino, y sufre daño o muere y
el dueño no está presente, él tiene que hacer restitución.
15
Si el dueño estaba presente, él no tiene que pagar la pérdida. Si
el dueño lo había alquilado, la pérdida está cubierta por el
precio del alquiler.
16
"Si un hombre seduce una virgen que no está comprometida para
casarse y duerme con ella, él tiene que pagar el precio de la dote
por ella para que sea su esposa.
17
Pero si su padre rehúsa dársela a él, él tiene que pagar una suma
equivalente al precio de la dote por vírgenes.
18
"No permitirás que una hechicera viva.
19
"Cualquiera que tenga relaciones sexuales con un animal tiene
que ser puesto a muerte.
20
"Cualquiera que sacrifique para cualquier dios excepto solamente
YAHWEH tiene
que ser completamente destruido.
21
"No puedes dañar ni oprimir a un extranjero que viva contigo,
porque tú mismo fuiste extranjero en la tierra de Mitzrayim.
22
"No abusarás de ninguna viuda ni huérfano.
23
Si abusas de ellos en cualquier forma, y ellos claman a mí, Yo
ciertamente escucharé su clamor.
24
Mi furia arderá, y Yo te mataré con la espada – tus propias
esposas serán viudas y tus propios hijos huérfanos.
25
Si prestas dinero a uno de mi pueblo que es pobre, no puedes tratar
con él como lo haría un acreedor; y no le cobrarás interés.
26
Si tomas el abrigo de tu vecino como prenda, se lo devolverás cuando
se ponga el sol,
27
porque es su única prenda de vestir – él la necesita para
arroparse; ¿qué otra cosa tiene para dormir? Además, si él clama
a mí Yo escucharé, porque Yo soy compasivo.
28
"No maldecirás a los elohim [jueces], y no maldecirás a un
dirigente de tu pueblo.
29
"No tardarás en ofrecer de tu cosecha de grano, aceite de oliva
o vino. El primogénito de tus hijos tienes que dármelo a mí.
30
Tienes que hacer lo mismo con tus bueyes y tus ovejas – se quedará
con su madre siete días, y en el octavo día tienes que dármelo a
mí.
31
"Tienes que ser un pueblo especialmente apartado. Por lo tanto
no comerás ninguna carne desgarrada por animales salvajes en el
campo; más bien, échala a los perros.